Código de Práctica

Todos los profesionales registrados con el Bach Centre prometen trabajar bajo este Código de Práctica.

Cualquiera puede hacer copias del Código de Prácticas para cualquier propósito legítimo, siempre que no se modifique la redacción y que se reconozca que todos los derechos de autor pertenecen al Bach Centre.

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El Código de Práctica del Centro Bach

BFRP logo no frame transparentPreámbulo

‘Ninguna ciencia ni conocimiento son necesarios; sólo los sencillos métodos aquí descritos. Los que más aprovecharán este Don Divino serán aquellos que lo mantengan puro, libre de ciencias y teorías, porque todo en la naturaleza es sencillo.’
– Dr Edward Bach , Los doce curadores y otros remedios

Cuando el doctor Bach confió su obra a Nora Weeks y Victor Bullen, dejó claras instrucciones sobre cómo debían continuarla: ‘nuestra labor,’ escribió a Victor, ‘consiste en atenernos a la simplicidad y la pureza de este método curativo.’ Nora y Victor prometieron al doctor Bach que cumplirían sus deseos en este respecto, y nosotros hemos hecho la misma promesa.

El Bach Centre se dedica a respetar y conservar la pureza de la obra del doctor Bach. Nosotros nos hemos comprometido a defender la simplicidad, la integridad y la atemporalidad de su sistema y a promover su mensaje de autocuración.

Tenemos el placer de ofrecerle, como practitioner que ha demostrado unos profundos conocimientos sobre la obra del doctor Bach, la oportunidad de aceptar este Código profesional y de formalizar el mismo compromiso que nosotros hemos hecho.

– Judy Ramsell Howard, Stefan Ball

1 – General

  1. El método curativo del doctor Bach (en adelante el ‘Sistema’) es un método de autoayuda y autodescubrimiento que consta de 38 remedios florales y un planteamiento sencillo y fácil de selección y uso.
  2. El Bach Centre (el ‘Centro’) aspira a defender la pureza, simplicidad, originalidad e integridad del Sistema y a incluir en su Registro Internacional de Pracitioners (el ‘Registro’) a los practitioners que cumplan los requisitos y que apoyen este objetivo.
  3. El presente Código de Práctica (el ‘Código’) expone los términos y condiciones para la inscripción en el Registro y establece las normas de práctica profesional de todos los practitioners inscritos procedentes de cualquier país.
  4. El Centro se reserva el derecho a modificar el Código a su voluntad para ajustarse a los cambios de los requisitos jurídicos o normativos de la profesión.
  5. Los practitioners inscritos en el Registro están sujetos a las leyes locales; todo artículo del Código no permitido por dichas leyes locales será considerado de no aplicación.

2 – Inscripción en el Registro

  1. Cualquier persona que haya completado con éxito un programa de estudio y evaluación de nivel 3 aprobado por el Centro tendrá derecho a solicitar la inscripción en el Registro del Centro.
  2. El derecho de inscripción dependerá de que el practitioner confirme por escrito que acepta y acata los términos y condiciones establecidos por el Código.
  3. La decisión de conceder o denegar la inscripción será totalmente a voluntad del Centro.
  4. El Centro remitirá a los practitioners inscritos un Certificado de Inscripción (‘Certificado’) que será prueba de su inclusión en el Registro. Ni la inscripción ni el Certificado constituyen un título, diploma o licencia de capacitación profesional para practicar la medicina o cualquier otra profesión asistencial que pueda requerir una licencia. Tampoco conceden al beneficiario el derecho a desarrollar las funciones para las que haya que poseer dicha licencia.
  5. El Centro procurará apoyar las actividades y objetivos de los practitioners inscritos y actuar como núcleo de asesoramiento e información sobre el Sistema y otros aspectos de la práctica.
  6. El Centro procurará mandar clientes a los practitioners e informar al público de los servicios ofrecidos por los practitioners inscritos.
  7. Se considera que todos los practitioners están dispuestos a recibir clientes del Centro, salvo que hayan indicado lo contrario. Los practitioners que posean la titulación adecuada para la asistencia a animales aparecerán en una lista separada dentro del Registro. El Centro dará, en su caso, un trato preferencial a los miembros de esta lista a la hora de mandar clientes.
  8. Los practitioners inscritos deberán renovar su inscripción cada año y pagar la cuota de inscripción que establezca el Centro o sus representantes. La no renovación supondrá la exclusión del Registro. Todos los practitioners jubilados de 65 o más años podrán solicitar por escrito al Centro la exención de las tasas de inscripción.
  9. El Centro se reserva el derecho a anular o suspender la inscripción o denegar la renovación sin previo aviso, si considera que ha habido una violación del Código.

3 – Clientes

  1. Los practitioners deberán actuar como facilitadores y guías y procurarán ayudar a los clientes a que aprendan el Sistema para que puedan usarlo sin ayuda consigo mismos o con sus familias.
  2. Los practitioners deberán permitir que el proceso de curación avance al ritmo de los clientes, con el fin de que vayan conociendo mejor sus propios estados emocionales.
  3. Deberán asimismo proporcionar un ambiente seguro y confidencial para la consulta.
  4. El practitioner establecerá y vigilará los límites de la relación practitioner-cliente y cualquier otro tipo de relación y los hará explícitos ante el cliente.
  5. Los practitioners deberán respetar los problemas, necesidades y sentimientos de sus clientes, así como su base cultural y sus creencias religiosas.
  6. Cada practitioner deberá advertir a sus clientes de que son en todo momento responsables de su propio bienestar.
  7. Los practitioners deberán ser conscientes del impacto negativo que pueden tener sus emociones, actitudes y comportamientos sobre sus clientes. Con el fin de prevenir esto utilizarán personalmente el Sistema y tomarán otras medidas adecuadas.
  8. Los practitioners no podrán explotar a sus clientes sexualmente, emocionalmente, ni de ninguna otra forma.

4 – Práctica profesional

  1. Los practitioners deberán estar a la altura de las más elevadas normas éticas y profesionales de su práctica profesional. A este respecto se resalta la importancia de las directrices y otras notificaciones que el Centro haga públicas en su momento por medio del Boletín BFRP y otras publicaciones acreditadas, el sitio web del Centro y sus foros.
  2. Los practitioners serán conscientes y responsables de su propia seguridad en todo momento y tomarán las medidas necesarias para garantizar que su seguridad personal no se vea comprometida.
  3. En el caso de que un cliente solicite ayuda con el Sistema, el practitioner no deberá ofrecer otros tratamientos en lugar del Sistema, sino que podrá sugerir el uso, en los casos apropiados, de otros tratamientos además del Sistema.
  4. Al trabajar con el Sistema los practitioners se limitarán a comentar y seleccionar remedios para estados emocionales y tipos de personalidad observados, y no intentarán tratar ni diagnosticar ninguna enfermedad física o mental.
  5. Los practitioners deberán rechazar los casos que sobrepasen su capacidad o competencia y procurarán referirlos a personas mejor capacitadas, ya sean otros practitioners, médicos titulados, veterinarios o bien otros expertos u organizaciones profesionales.
  6. Los honorarios y otros aspectos tales como los criterios de rescisión y el grado de confidencialidad deberán determinarse antes del inicio de la primera consulta.
  7. Cualquier cambio en los términos acordados en virtud del artículo 4.6 será comunicado al cliente antes de su puesta en vigor.
  8. Con el fin de seguir en la línea de benevolencia del doctor Bach, las tarifas impuestas a los clientes deberán ser justas y razonables.

5 – Integridad del Sistema

  1. Los practitioners deberán subrayar la pureza, simplicidad, originalidad e integridad del Sistema en todo lo que digan y hagan.
  2. Al trabajar con los 38 remedios florales los practitioners deberán en todo momento utilizar únicamente los métodos sencillos de selección y consulta trazados por el doctor Bach en The Twelve Healers and Other Remedies (Los doce curadores y otros remedios) y no recomendarán, referirán ni utilizarán cualesquiera otros métodos, ayudas o herramientas de selección.
  3. Los practitioners que decidan trabajar con otros métodos de curación o autodesarrollo deberán evitar que éstos afecten a su presentación y utilización del Sistema como una modalidad de tratamiento completo por derecho propio.

6 – Publicidad y promoción

  1. Los anuncios publicados por los practitioners o con su consentimiento deberán evitar cualquier afirmación falsa, fraudulenta, engañosa, ilegal o injusta, entre ellas:
    1. Afirmaciones contrarias al Código;
    2. Afirmaciones que impliquen dotes extraordinarias o únicas;
    3. Afirmaciones referentes a comparaciones con los servicios ofrecidos por otros practitioners;
    4. Falseamiento de información, como por ejemplo sensacionalismo, exageración o superficialidad;
    5. Afirmaciones destinadas a producir esperanzas falsas o injustificadas sobre los resultados o susceptibles de crearlas;
    6. Afirmaciones que describan o pretendan diagnosticar o recetar medicinas para curar determinadas condiciones o síntomas médicos, psiquiátricos o veterinarios.
  2. Todo practitioner inscrito actualmente con el Centro puede presentarse ante el público como:
    1. ‘Bach Foundation Registered Practitioner’ (practitioner inscrito en el Registro ‘Fundación Bach’ del Bach Centre) si ha recibido formación especializada, aprobada por el Centro Bach, en dar consultas al público;
    2. ‘Bach Foundation Registered Animal Practitioner’ (practitioner especializado en animales, inscrito en el Registro ‘Fundación Bach’ del Bach Centre) si ha recibido formación especializada, aprobada por el Centro Bach, en ayudar animales.
  3. Practitioners inscritos actualmente con el Centro pueden utilizar letras detrás de sus nombres para indicar su categoría de practitioners inscritos en el Registro:
    1. Bach Foundation Registered Practitioners pueden utilizar ‘BFRP’;
    2. Bach Foundation Registered Animal Practitioners pueden utilizar ‘BFRAP’.
  4. También podrán incluir el logotipo ‘Fundación Bach’ del Centro y las palabras “Bach Foundation Registered Practitioner” en carteles, folletos, boletines de información, membretes, tarjetas de visita, sitios web y otros materiales impresos o publicados que distribuyan o permitan distribuir en relación con su trabajo como practitioners del Sistema.
  5. Los practitioners no utilizarán ni permitirán el uso del logotipo ‘Fundación Bach’ ni de su categoría de BFRP or BFRAP de ninguna manera que pudiera sugerir que el Centro ha autorizado, aprobado o validado cualquier otra modalidad de tratamiento ofrecida por el practitioner.
  6. Los practitioners no utilizarán ni permitirán el uso del logotipo ‘Fundación Bach’ ni de su categoría de BFRP o BFRAP de ninguna manera que pudiera sugerir que el Centro ha autorizado, aprobado o validado cualquier actividad de enseñanza realizada por el practitioner, excepto en los casos en que dicha actividad haya sido autorizada expresamente y por escrito.
  7. Los practitioners no utilizarán ni permitirán el uso del logotipo ‘Fundación Bach’ en ningún certificado expedido con motivo de cursos de formación, salvo que tengan el permiso expreso y por escrito del Centro.

7 – Reclamaciones

  1. Es responsabilidad del Centro investigar las infracciones del Código y las reclamaciones remitidas por los clientes, los practitioners o el público.
  2. Los practitioners se comprometen a informar a los clientes del procedimiento de reclamación del Centro cuando sea apropiado o razonable. (El resto de esta sección resume el procedimiento de reclamación: ver el texto íntegro.)
  3. A partir de la recepción de pruebas que demuestren que se ha violado el Código, o bien de una reclamación escrita o grabada respecto a la conducta o la actuación de un practitioner, el Centro nombrará a un asesor (en adelante el ‘Asesor’), que investigará la reclamación. Dicho Asesor acusará recibo de la reclamación por escrito y notificará al practitioner también por escrito de dicha reclamación o de la violación del Código, invitándolo a contestar en el plazo determinado por el Asesor.
  4. Una vez recibida la respuesta del practitioner el Asesor diligenciará la información o las pruebas que estime necesarias, tales como declaraciones del demandante y del practitioner.
  5. Al concluir la investigación el Asesor podrá tomar alguna o varias decisiones de entre las siguientes:
    1. Desestimar la reclamación o la denuncia de infracción;
    2. Exigir que el practitioner que vuelva a realizar cursos de formación;
    3. Exigir que el practitioner compense al demandante con una cantidad no superior al coste de las consultas;
    4. Recomendar la suspensión o revocación de la inscripción del practitioner;
    5. Tomar cualesquiera otras medidas adecuadas que sean compatibles con el Código.
  6. El Asesor remitirá al demandante y al practitioner una copia escrita de la decisión y de sus motivos, y establecerá un plazo de 30 días durante el cual el practitioner y el demandante podrán recurrir dicha decisión ante el Centro. Si no se ha recibido ningún recurso en el plazo indicado, no habrá más investigación sobre el caso. De negarse a cumplir en su totalidad la decisión del Asesor, el practitioner será inmediatamente expulsado del Registro.
  7. Los recursos recibidos hasta la fecha de finalización del plazo serán estudiados por un Director del Centro, que podrá requerir más datos, como por ejemplo declaraciones escritas del demandante, del practitioner o del Asesor. La decisión del Director será definitiva y se enviará por escrito al Asesor, al demandante y al practitioner. De negarse a cumplir en su totalidad la decisión del Director, el practitioner será inmediatamente expulsado del Registro.
  8. Los derechos normales de que disfruten el practitioner y el demandante en virtud de la legislación local no se verán afectados por los términos de este Código.

8 – Responsabilidad jurídica

  1. Los practitioners asumen la responsabilidad total y completa de sus actos, actuaciones, prácticas y omisiones en el desempeño de su labor como practitioners; esto incluye la responsabilidad por los perjuicios que puedan resultar de su preparación de una botella de tratamiento.
  2. Al aceptar el Código el practitioner accede a indemnizar al Centro y a sus directivos, intermediarios y representantes frente a los daños y perjuicios que pudieran sufrir como resultado de la negligencia o la falta del practitioner.
  3. Es responsabilidad de los practitioners garantizar que su trabajo cumple las leyes del país, estado o región donde desarrollan su labor, y que su responsabilidad personal y profesional está cubierta por un seguro adecuado.
  4. El Certificado, el distintivo y todos los demás objetos, incluidos los archivos informáticos, proporcionados por el Centro a los practitioners como ayuda a su trabajo serán en todo momento propiedad del Centro y deberán serle devueltos sin demora si así lo solicitase.
  5. Las letras ‘BFRP’ y ‘BFRAP’ y el logotipo ‘Fundación Bach’ son marcas comerciales, marcas registradas o propiedad con derechos de autor del Centro y podrán ser utilizados únicamente por practitioners que estén actualmente inscritos en el Registro del Centro.
  6. Los permisos que conceda este Código respecto a la utilización del logotipo ‘Fundación Bach’, de las letras ‘BFRP’ y ‘BFRAP’ y de los títulos ‘Bach Foundation Registered Practitioner’ y ‘Bach Foundation Registered Animal Practitioner’ están sujetos a la voluntad plena del Centro y podrán ser retirados por el Centro en cualquier momento.
  7. El presente documento, el Certificado y cualesquiera otros permisos o materiales proporcionados a los practitioners no constituyen de ningún modo una licencia de sociedad, un acuerdo comercial ni una asociación con el Centro u con otra organización o individuo.

© The Bach Centre
Primera edición 2000; revisado noviembre 2009